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ORDENAN QUE EX ALCALDE PASE A ARRESTRO DOMICILIAR CON VIGILANCIA POLICIAL

La Cámara Tercero de lo Penal ordenó al Juzgado Octavo de Instrucción de San Salvador que realice las acciones pertinentes con la Dirección General de Centros Penales para ordenar el traslado de Ernesto Muyshondt a su lugar de residencia. La Cámara además advierte que en caso de no disponer del brazalete electrónico que se imponga vigilancia policial.

Esta resolución responde a una apelación que había presentado la defensa del exalcalde capitalino, donde argumentaron que su cliente había cumplido, y seguiría haciéndolo con respecto a las medidas cautelares que le habían sido impuestas por la Cámara, a excepción de la que no está en su disposición que es la imposición de un dispositivo electrónico, por ello solicitaron a la Cámara que “considerara la modificación de la medida impuestas, atendiendo a principios de mutabilidad, mínima intervención y en aras de cumplir a la brevedad la decisión del Tribunal Superior, en tanto podría darse el arresto domiciliar con vigilancia policial permanente y/o periférica”.

En respuesta a ello, la Cámara resolvió a favor de Ernesto Muyshondt ordenando el arresto domiciliario de manera inmediata. “En defecto de la imposibilidad física y/o técnica de contar con los mecanismos de vigilancia electrónica, subsiste la imposición de la vigilancia por custodia policial, a la cual se deberá dar prioridad, por la competencia territorial de dicha institución, que permite la factibilidad de dotarle de mayor seguridad a la medida autónoma que representa el arresto domiciliario y a la cual se le encuadra como medida principal”, cita la resolución.